¿Qué es un bloqueo?
Es una sanción interna que Compensar aplica a aquellas empresas que incumplan el convenio de libranzas. Se entiende que durante este tiempo, no podrán acceder al servicio de créditos de la caja. En Compensar están definidos tres (3) tipos de bloqueos:
- Bloqueo normal por mora reincidente: Para levantar este tipo de bloqueo la empresa debe contactar al asesor asignado para subsanar la situación y dar trámite según corresponda.
- Bloqueo por retención de dineros: Obedece a descuentos realizados por la empresa y no pagados a Compensar oportunamente.
- Bloqueo por No descuento por nómina: Este hace referencia a las empresas que a pesar de firmar el convenio de libranzas no operan el descuento respectivo por nómina y son los titulares quienes realizan el pago directamente.
¿Cómo levanto la sanción por retención de dineros y/o no descuento por nómina?
La empresa debe radicar comunicación escrita firmada por el Representante Legal, donde se comprometa a activar el descuento mensual por nómina y a efectuar los pagos oportunamente dentro de las fechas establecidas.
Las comunicaciones recibidas por este concepto son sometidas a estudio por el Comité de Cartera y al cabo de cuatro (4) días se dará la respuesta. La sanción por incumplimiento de estas causales varía de uno (1) a tres (3) meses dependiendo del comportamiento de pago la empresa.